Hasta el momento, 13 personas han sido procesadas, entre las cuales se encuentra el propietario de los laboratorios Ramallo y HLB Pharma, Ariel García Furfaro, junto a uno de sus hermanos y su madre. En esta nueva fase de la investigación, el énfasis recae en la ANMAT y el INAME, ambos bajo el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación, los cuales supuestamente incurrieron en omisiones y demoras que facilitaron la circulación de medicamentos que no cumplían con las normativas de Buenas Prácticas de Manufactura.
Durante el período en cuestión, el INAME fue dirigido por Gabriela Mantecón Fumado, quien fue suspendida de su cargo el 21 de agosto de 2025, medida que siguió a la detención de García Furfaro. Esta acción fue motivada por la espera indebidamente prolongada en la adopción de decisiones frente a los desvíos de calidad identificados en los laboratorios mencionados. Hasta enero de este año, la ANMAT estaba bajo la dirección de Agustina Nélida Bisio, quien presentó su renuncia argumentando motivos personales; sin embargo, diversas fuentes han relacionado su salida con el desgaste generado por el escándalo del fentanilo.
El expediente judicial revela defectos severos en los controles estatales. En un dictamen fechado el 21 de mayo de 2025, la Fiscalía calificó la información proporcionada por la ANMAT como “insuficiente” y subrayó la ineficacia de sus esfuerzos regulatorios durante la etapa de producción y distribución del anestésico contaminado. En esta misma línea, la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) afirmó que “la ineficiente tarea de contralor de los organismos competentes del Estado, a lo largo del tiempo, colocó a la población en una situación de riesgo inadmisible”.
Un punto crítico destacado por la fiscal Roteta fue la falta de respuesta de la ANMAT ante un informe sobre un brote de contaminación bacteriana. La fiscal subrayó que “la información recabada y comunicada por el juzgado en relación al retiro efectivo de los medicamentos de calidad comprometida es escasa e insuficiente en todos los aspectos”. Además, solicitó que se notificara a los funcionarios sobre las posibles repercusiones penales por el incumplimiento de las órdenes judiciales relacionadas con el retiro de productos.
El proceso judicial indica que fue el propio juzgado, y no la autoridad de control, quien llevó a cabo el retiro de las partidas de fentanilo adulterado en hospitales, clínicas y droguerías a nivel nacional.
El juez Kreplak incluyó en su resolución de procesamiento de los 13 imputados diversas observaciones que evidencian la falta de seguimiento posterior por parte de la ANMAT y el INAME, para asegurar la corrección de irregularidades encontradas en los laboratorios, tales como la producción de medicamentos en áreas no autorizadas, uso de envases plásticos no permitidos y falta de documentación técnica.
Tal como se ha informado previamente, en el expediente judicial se evidencia que las inspecciones y controles oficiales desde 2018 han documentado varios puntos críticos y demoras. Entre las observaciones registradas, se resalta que la ANMAT prohibió el uso de determinadas áreas y lotes, condicionando la rehabilitación a nuevas inspecciones. No obstante, “no consta en el expediente que se hayan subsanado las deficiencias ni que se haya llevado a cabo una clausura efectiva”, salvo la prohibición de actividades productivas dictada por la disposición 3158/2025, que se emitió tras las primeras muertes reportadas por el Hospital Italiano de La Plata.
Con un perfil bajo que los caracteriza, el juzgado federal de La Plata y la Fiscalía que impulsa la investigación por esta grave crisis sanitaria del país avanzan en la identificación de posibles responsables por acción u omisión, mientras la segunda instancia judicial evalúa las apelaciones presentadas por los 13 procesados.








