El empresario, que fue el primer director comercial de la Premier League y participó en proyectos vinculados con la Champions League, sostuvo que su experiencia con la conducción de la AFA fue la más negativa de sus 21 años de trayectoria en el sector. En sus declaraciones, calificó las prácticas de la entidad como propias de una “mafia” y describió su funcionamiento como “un cáncer para la industria del marketing deportivo”. Se trata de apreciaciones personales formuladas a partir de su experiencia comercial.
El conflicto comenzó en marzo de 2025, cuando actuó como intermediario en un acuerdo entre la AFA y PU Prime, una compañía especializada en operaciones con divisas que se incorporó a la nómina de patrocinadores de la selección argentina. Según la documentación que afirmó tener, el contrato ascendía a US$ 750.000: US$ 500.000 debían abonarse al momento de la firma y los US$ 250.000 restantes en marzo de 2026. Sin embargo, aseguró que, cuando llegó el momento del segundo pago, la entidad dejó de responder las comunicaciones. “Esto se siente como una estafa”, afirmó.
A ese reclamo se sumó un episodio ocurrido en Madrid el 19 de junio de 2025, cuando se organizó un evento para presentar oficialmente el patrocinio. De acuerdo con el empresario, a PU Prime se le facturaron US$ 50.000 a través de una sociedad intermediaria, de los cuales US$ 35.000 correspondían a la aparición de Scaloni. El entrenador finalmente no asistió y, según el relato, no hubo un aviso previo sobre su ausencia.
El encuentro se desarrolló en medio de temperaturas extremas y contó con la presencia de dirigentes y representantes vinculados con la AFA, entre ellos Leandro Petersen, Pablo Díaz y Javier Saviola. El empresario también cuestionó que las intervenciones se realizaran en español, pese a que se había prometido traducción. La empresa patrocinadora había enviado directivos desde Singapur y Australia y preparado una campaña de marketing centrada en la participación del entrenador.
Según la denuncia pública, pese a los reclamos, la AFA se negó a devolver los US$ 35.000 correspondientes a la aparición que no se concretó. El empresario sostuvo además que, en su opinión, el entrenador podría no haber estado al tanto del evento y que su nombre habría sido utilizado para justificar un costo más elevado. No obstante, no presentó esa interpretación como un hecho confirmado.
Las diferencias también alcanzaron la producción de contenidos promocionales. El acuerdo entre la AFA y PU Prime contemplaba tres videos breves con jugadores de la selección, pero el intermediario aseguró que se exigió un pago adicional de US$ 10.000 a través de otra empresa para producir materiales que ya estaban incluidos en el contrato. Según su versión, la firma recibió la factura mediante una sociedad de servicios y los videos entregados no tuvieron la calidad esperada.
El empresario afirmó que estos episodios deterioraron la relación comercial con PU Prime y terminaron con la pérdida del cliente. También señaló que nunca tuvo contacto directo con el presidente de la AFA, Claudio Tapia, ni con Pablo Toviggino, y que sus intercambios se limitaron principalmente a Petersen y a integrantes de su equipo.
Otro punto de sus cuestionamientos se refiere al acuerdo de representación comercial. Según explicó, el contrato inicial de agencia había sido gestionado mediante una sociedad de responsabilidad limitada y firmado por un intermediario cuya participación desconocía hasta ese momento. Posteriormente, aseguró haber recibido de la propia AFA una copia de otro acuerdo en el que también figuraba esa persona.
A partir de sus investigaciones sobre las operaciones, el empresario sostuvo que detectó cambios en las sociedades y las cuentas bancarias utilizadas para cobrar a los patrocinadores, una práctica que, según su interpretación, puede dificultar el cobro de las comisiones correspondientes a las agencias. También afirmó que revisó facturas emitidas por distintas entidades recaudadoras y encontró direcciones que correspondían a viviendas particulares o casillas postales, además de sitios web sin actividad o sin relación aparente con las empresas involucradas.
El empresario aseguró que, tras publicar su experiencia en LinkedIn, recibió mensajes de otras personas que le relataron situaciones similares. Entre ellas mencionó el caso de otra agencia que habría atravesado dificultades en sus relaciones comerciales con la entidad. También recordó un conflicto vinculado con un cliente de Dubái, en el que, según su relato, recibió exigencias y advertencias legales por retrasos de pocos días en un pago.
La disputa escaló después de que el empresario hiciera pública su experiencia. Según afirmó, recibió una carta legal al día siguiente de su publicación, en la que se lo acusaba de difamación y de perjudicar los negocios internacionales de la AFA, además de ejercer presión indebida para obtener el pago de las comisiones. El empresario rechazó esos señalamientos y sostuvo que sus publicaciones se basaban en hechos y documentación vinculados con los acuerdos comerciales.
También aseguró que la entidad había recurrido a estudios jurídicos para responder a sus reclamos, en lugar de resolver las diferencias contractuales. En ese contexto, afirmó que conserva correos electrónicos, comunicaciones y documentación sobre los pagos y los reclamos realizados por PU Prime.
El empresario aclaró que no puede determinar hasta qué punto estas prácticas se repiten en otros contratos internacionales de la AFA. Sin embargo, insistió en que su experiencia no sería un caso aislado y cuestionó que una organización con ingresos millonarios por patrocinio no cumpliera, según su versión, con compromisos de comisión de menor cuantía.
Finalmente, manifestó su disposición a colaborar con las autoridades judiciales si la información que posee resulta relevante para investigaciones sobre las operaciones comerciales de la AFA. Aseguró que está dispuesto a entregar documentación sobre los acuerdos, las facturas y las comunicaciones mantenidas durante el conflicto.
Las acusaciones expuestas corresponden al relato del empresario y describen una disputa comercial por contratos, pagos y servicios. Su contenido, por sí solo, no acredita la existencia de delitos ni determina responsabilidades legales de las personas o entidades mencionadas.








