Fernando López Chiesa, tributarista y socio de un despacho especializado, señaló que este cruce de datos reveló un hallazgo significativo. “ARCA cruzó lo que los empleados en relación de dependencia cargaron en el SIRADIG con la facturación electrónica y el F. 1359 que presentan los empleadores, y detectó un volumen de inconsistencias superior al habitual”, indicó.
Como resultado de este análisis, se enviaron comunicaciones masivas al Domicilio Fiscal Electrónico de los contribuyentes afectados. López Chiesa detalló que estas notificaciones “en esencia, le señalan al trabajador una desproporción entre su remuneración y lo deducido, y lo invitan a rectificar y a cancelar la diferencia de impuesto no retenido mediante un Volante Electrónico de Pago”.
El área de gastos de indumentaria y equipamiento de uso laboral fue la que más atención generó por parte del organismo. El especialista explicó que muchas de las deducciones generales permitidas por la ley tienen un límite establecido. “Los alquileres que abonan los inquilinos, los gastos de educación, el servicio doméstico, los seguros de vida, la medicina prepaga o los honorarios médicos tienen topes anuales fijos o porcentuales sobre la ganancia neta del año”, añadió López Chiesa.
Sin embargo, la indumentaria y el equipamiento de uso laboral exclusivo son una excepción a esta regla, ya que no tienen un límite nominal. Esta característica, según el experto, contribuyó a las deducciones erróneas. “La ausencia de techo, sumada a la facilidad de carga en el sistema, permitió que algunos empleados ingresaran importes que podían llegar a representar hasta el 40% de su sueldo, una relación desmedida con respecto a la renta”, afirmó.
López Chiesa también mencionó otras irregularidades detectadas durante el operativo. “Se observó que ciertas cargas familiares eran incorrectas, o que había aportes a Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) donde no se realizó contribución, así como casos en los que se dedujo el costo de la compra de un vehículo como gasto de equipamiento”, precisó.
Para entender la mirada del fisco sobre estas deducciones, el tributarista explicó el principio que rige estos gastos: “Todo gasto debe estar vinculado con la obtención, mantenimiento o conservación de la ganancia gravada; las deducciones son una categoría diferente que se refiere a ciertos conceptos que la ley permite deducir expresamente”.
A diferencia de un trabajador autónomo, que puede deducir bajo un principio amplio de gasto necesario, el empleado en relación de dependencia debe ajustarse a una lista específica de conceptos permitidos.
Entre estas condiciones, la indumentaria y el equipamiento se aceptan únicamente si cumplen simultáneamente con tres requisitos: “uso exclusivo para el trabajo, no pueden ser trajes, camisas, corbatas ni calzado de uso cotidiano, debe ser obligatorio para la tarea y el empleador no debe haberlo provisto ni reintegrado”, detalló.
López Chiesa recordó que el organismo ya había aclarado qué se entiende por equipamiento: “El fisco aclaró que el equipamiento no incluye computadoras, celulares ni dispositivos de uso general”, afirmó. La falta de alguno de estos requerimientos invalida la deducción, aun sin un tope numérico que la limite.
López Chiesa dejó abierta la cuestión del criterio usado por ARCA para impugnar los montos en cada caso. “No está claro cuál fue la regla del fisco para cuestionar las deducciones informadas en la liquidación de ganancias del empleado, si se basaron en un porcentaje del sueldo o algún otro criterio”, planteó.
“El fisco decidió, en esta etapa inicial, optar por un enfoque de regularización temprana en lugar de la determinación de oficio: propone aceptar el ajuste y abonar la diferencia de manera voluntaria, con un pago VEP antes del vencimiento del pago de Ganancias, sin necesidad de presentar una declaración jurada y así evitar intereses y multas”, sostuvo.
Respecto a por qué tantos empleados reportaron deducciones excesivas, el especialista sugirió que se debe a la desactualización de los topes. “Esta situación puede llevar a muchos empleados a cargar en exceso las deducciones admitidas, dado que parecen haber quedado desactualizadas y no cubren el costo de vida del contribuyente y su familia”, explicó.
“El propósito de estas deducciones es permitir descontar ciertos importes que cubran el costo de vida; una vez cubierto, la ganancia excedente es la que debe tributar el impuesto a las ganancias”, añadió. Además, muchos de estos trabajadores se encuentran en las alícuotas más altas del impuesto, lo que impacta en su sueldo neto.
De cara al futuro, López Chiesa anticipó ajustes en las retenciones, ya que “a partir de julio de 2026, las deducciones personales y alícuotas se ajustarán según la inflación del primer semestre del año, lo que llevará a que algunos empleados queden exentos del impuesto, aquellos con retenciones muy bajas, y en otros casos se reducirá el monto de la retención mensual”, concluyó.
Para aquellos empleados que reciban la comunicación de ARCA, la recomendación es revisar cuidadosamente qué conceptos ingresaron en el SIRADIG, asegurarse de que la indumentaria y el equipamiento declarados cumplan con las tres condiciones exigidas por la norma, y consultar con un contador sobre la conveniencia de regularizar la situación mediante VEP antes del vencimiento, para evitar intereses y sanciones.








