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Condena para Rafa Mir, futbolista de Elche, por agresión sexual

16 junio, 2026
in Sociedad
Condena para Rafa Mir, futbolista de Elche, por agresión sexual
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, España, ha dictado una sentencia contra Rafa Mir, jugador actual del Elche, imponiéndole una pena de siete años de prisión por agresión sexual y 18 meses por el delito de lesiones. Los hechos en cuestión ocurrieron la noche del 31 de agosto de 2024.

Recientemente se dio a conocer que Mir, quien anteriormente formó parte del Valencia CF, ha sido sentenciado a ocho años y medio de prisión por su implicación en agresión sexual y lesiones a una joven. Esta información fue divulgada mediante un comunicado del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Además, el Tribunal también se pronunció sobre un segundo acusado, el futbolista Pablo Jara, quien recibió una condena de dos años y medio de prisión: dos años por agresión sexual y seis meses por un delito contra la integridad moral.

La sentencia, que se ha notificado a las partes involucradas y aún no es firme, establece una compensación económica de 64.000 euros a favor de la víctima del primer condenado y 6.280 euros para la denunciante del segundo.

Durante el juicio, la Fiscalía había requerido una pena de diez años y medio de prisión para Mir.

Tras la divulgación de la sentencia, el jugador del Elche se pronunció en sus redes sociales afirmando: “No estoy de acuerdo con la sentencia y recurriremos en los próximos días. Sigo confiando en la Justicia”.

El juicio contra Mir y Jara se inició el 28 de mayo, a raíz de una denuncia presentada en agosto de 2024, poco después de la llegada del futbolista al Valencia CF. Mir fue detenido por la Guardia Civil el 3 de septiembre de 2024, y aunque un día después el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N°8 de Liria lo dejó en libertad con cargos, se le impusieron diversas medidas cautelares, como la retención de su pasaporte, la prohibición de salir del país, una orden de alejamiento de 500 metros respecto de la víctima, y la imposibilidad de comunicarse con ella.

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