La decisión quedó formalizada mediante la resolución 734/2026 del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), publicada en el Boletín Oficial. La normativa establece que las empresas de telefonía móvil deberán bloquear tres elementos asociados a cada dispositivo detectado: el IMEI, que identifica al equipo; el IMSI, relacionado con la tarjeta SIM; y la línea telefónica correspondiente.
El mecanismo alcanzará a los teléfonos que sean activados tanto dentro de las áreas de reclusión como en sectores de acceso restringido al público ubicados dentro de los establecimientos alcanzados por el protocolo.
El bloqueo no se realizará de manera automática ni podrá ser solicitado directamente por las provincias a las compañías telefónicas. Cada inhabilitación deberá contar con un pedido expreso del Ministerio de Seguridad de la Nación, que será el canal encargado de centralizar y transmitir los requerimientos de las jurisdicciones adheridas.
La incorporación de los establecimientos provinciales se produjo luego de una presentación realizada por el Ministerio de Seguridad y Justicia de Mendoza ante el Enacom. Desde esa cartera se había planteado la necesidad de contar con una norma que contemplara expresamente a los establecimientos penitenciarios provinciales dentro del esquema de prevención.
En ese marco, Mendoza inició además una licitación pública para adquirir plataformas destinadas a la localización, inhibición selectiva y georreferenciación de dispositivos.
Hasta ahora, el mecanismo estaba limitado al sistema penitenciario federal. La nueva resolución modifica el artículo 5 del régimen vigente desde 2016 para el bloqueo de teléfonos denunciados por robo, hurto o extravío y agrega la posibilidad de aplicar esa herramienta en establecimientos penitenciarios.
La normativa también establece que los sistemas utilizados deberán configurarse de manera que el bloqueo no interfiera con las comunicaciones fuera del perímetro de las cárceles. El objetivo es evitar que la medida afecte a vecinos, comercios y otros usuarios que se encuentren en las inmediaciones de los establecimientos.
Las empresas de telefonía deberán registrar y conservar las gestiones vinculadas con los bloqueos. Esa información tendrá que mantenerse bajo criterios de integridad y trazabilidad y permanecer disponible para los usuarios y las autoridades que la soliciten.
En los fundamentos de la resolución, el Enacom señaló que la medida busca reforzar las herramientas destinadas a prevenir, disuadir y neutralizar conductas delictivas vinculadas con el uso de tecnologías de telecomunicaciones dentro de los establecimientos penitenciarios. El organismo también recordó que el artículo 160 de la Ley 24.660 prohíbe las comunicaciones mediante equipos móviles en el sistema penitenciario.
La ampliación del mecanismo a las cárceles provinciales se conoció después de un caso judicial en el que una jueza ordenó el decomiso de teléfonos celulares pertenecientes a cuatro detenidos acusados de integrar una organización investigada por el homicidio de una jubilada en San Isidro y por la coordinación de robos violentos desde sus lugares de detención.







