La medida quedó formalizada a través de la Resolución 209/2026, publicada en el Boletín Oficial. Según establece la normativa, los gobiernos locales podrán asumir las obras y hacerse cargo de su financiamiento con recursos propios, previa coordinación con las provincias, la Ciudad de Buenos Aires y los municipios involucrados.
El nuevo procedimiento contempla que los proyectos actualmente en ejecución continúen en función de la disponibilidad presupuestaria de cada jurisdicción. Antes de avanzar con la transferencia, se realizará una evaluación de la situación de cada obra y de los posibles incumplimientos registrados por parte de los entes ejecutores o contratistas.
En aquellos casos donde se detecten irregularidades, se analizará si fueron aplicadas las medidas necesarias para corregirlas. Si los incumplimientos continúan, el Gobierno podrá iniciar el recupero de los fondos ya transferidos y disponer la rescisión del convenio por responsabilidad del ejecutor.
Las provincias y municipios también serán informados sobre la posibilidad de continuar las obras sin financiamiento del Estado nacional. Cuando no existan incumplimientos, o estos hayan sido corregidos, se evaluará si las administraciones locales cuentan con las condiciones para hacerse cargo de los proyectos utilizando sus propios recursos.
Si una jurisdicción rechaza asumir una obra o no dispone de fondos suficientes, la eventual continuidad del financiamiento nacional quedará sujeta a un análisis “restrictivo y fundamentado”. Para esa evaluación se tendrán en cuenta el nivel de avance físico alcanzado, el interés público involucrado y la relación entre los costos necesarios para finalizar los trabajos y los recursos disponibles en el presupuesto.
El esquema se implementó después de una auditoría realizada por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), que detectó distintas deficiencias en el funcionamiento del FISU. Entre los problemas señalados figuraron demoras en la ejecución de obras y retrasos en las rendiciones de cuentas, situaciones que derivaron en sobrecostos.
El relevamiento también detectó la adquisición de terrenos considerados inadecuados para los proyectos, entre ellos sectores próximos a basurales y predios que no contaban con la tasación correspondiente. Además, se observaron adjudicaciones de obras a cooperativas que no acreditaban la experiencia ni la capacidad técnica requeridas.
A partir de esas observaciones, el Gobierno había dispuesto mediante el Decreto 312/2025 la disolución y liquidación del fideicomiso FISU. Sin embargo, el proceso quedó suspendido luego de una presentación judicial realizada por organizaciones sociales. El Juzgado Federal de Pehuajó dictó entonces una medida cautelar que frenó la disolución y ordenó a la administración elaborar un esquema que garantizara la continuidad de la política de integración socio urbana prevista en la Ley 27.453.
En ese contexto, la Dirección Nacional de Desarrollo Urbano realizó un relevamiento técnico sobre las obras en marcha, los fondos asignados y el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los entes ejecutores. Ese análisis constituye la base para definir el destino de cada proyecto y determinar en qué casos podrá concretarse su transferencia a las administraciones locales.








