La extensión fue oficializada mediante el decreto 1296/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial. Con el aumento del 1,93% previsto para noviembre, el haber mínimo jubilatorio llegará a $444.158. Al sumar el bono de $70.000, el ingreso total será de $514.158.
Sin embargo, si el refuerzo se hubiera actualizado en línea con el resto de los haberes, alcanzaría los $231.253. En ese escenario, el ingreso mínimo total ascendería a $675.411, compuesto por $444.158 de jubilación y $231.253 de bono. La diferencia entre ambos montos será de $161.253 durante noviembre.
El congelamiento también tiene consecuencias sobre el aguinaldo, ya que el bono no forma parte del haber previsional y, por lo tanto, no se computa para calcular ese pago. De esta manera, quienes reciben el refuerzo no solo acumulan pérdidas por la falta de actualización mensual, sino que tampoco lo perciben como parte del sueldo anual complementario.
La medida alcanza a aproximadamente tres millones de jubilados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cerca de la mitad de sus beneficiarios. También comprende a 1,5 millones de personas que cobran la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y pensiones no contributivas.
El peso del bono dentro de los ingresos previsionales se redujo considerablemente desde su implementación. En marzo de 2024, representaba el 52% del haber mínimo, mientras que en noviembre equivaldrá al 15,7%. Si permanece congelado, su incidencia continuará disminuyendo a medida que aumenten los haberes nominales.
Los datos de inflación también reflejan el deterioro de los ingresos. Entre enero y septiembre de 2026, los precios aumentaron un 23,6%, mientras que el haber mínimo total pasó de $410.880 a $498.633, una suba del 21,3%. En el mismo período, la Pensión Universal para el Adulto Mayor aumentó un 20,5% y las pensiones no contributivas, un 13,9%.
El congelamiento del refuerzo también llegó a los tribunales. En agosto de 2025, la Sala III de la Cámara de la Seguridad Social resolvió en la causa “Varela Alberto contra la Administración Nacional de la Seguridad Social” que, cuando la pérdida de ingresos de un jubilado superara el 15%, el congelamiento resultaba confiscatorio y vulneraba el artículo 14 de la Constitución Nacional.
Según ese fallo, el Gobierno debería compensar las pérdidas de los 4,5 millones de jubilados y pensionados que reciben el bono y garantizar el monto actualizado a quienes se incorporen al sistema y cobren la jubilación mínima. Sin embargo, el Poder Ejecutivo apeló la decisión judicial.








